Nuestra historia

Articulado del Real Decreto de creación de 5 de marzo de 1847

En atención a las razones que me ha expuesto el Ministro de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, he venido en decretar lo siguiente:

ARTÍCULO 1º. Se crea en Madrid una Academia Real de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, que declaro igual en categoría y prerrogativas a las Academias Española, de la Historia y de San Fernando.

ART. 2º. Declaro suprimida la actual Academia de Ciencias Naturales de Madrid.

ART. 3º. La Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales se compondrá de treinta y seis Académicos, número que ha de tener siempre completo, proveyendo cada vacante que ocurra en el término improrrogable de dos meses.

ART. 4º. Por esta sola vez nombraré yo la mitad del número de Académicos, prefijado en el artículo anterior, los cuales, reunidos bajo la presidencia de aquel que yo tenga a bien señalar, procederán a elegir los dieciocho Académicos restantes. Mi Ministro de Comercio, Instrucción y Obras Públicas procederá a instalar la Academia luego que se halle completa.

ART. 5º. En lo sucesivo la Academia elegirá siempre los individuos que hayan de completarla.

ART. 6º. La Academia Real se ocupará, inmediatamente de su institución, en formar sus Estatutos, que someterá a mi real aprobación.

ART. 7º. Se incluirán en el presupuesto de Instrucción Pública, que ha de someterse a la deliberación de las Cortes, las cantidades necesarias para que la Real Academia de Ciencias pueda cumplir debidamente con los objetos de su instituto

Dado en Palacio a 25 de febrero de 1847.

Está rubricado de la real mano

El Ministro de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, Mariano Roca de Togores

Lo que traslado a V.E., de orden de S.M., para los efectos convenientes. Dios guarde a V.E. muchos años.

Madrid, 5 de marzo de 1847

Señor Marqués del Socorro, Presidente interino de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.